Solicitud de Autorización de Empleo (EAD) para Solicitantes de Asilo

Renovación del EAD con una Solicitud de Asilo Pendiente

Si eres solicitante de asilo con un EAD aprobado basado en una Solicitud de Asilo (Formulario I-589) pendiente ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) y la EOIR ha desestimado o terminado tus procedimientos de remoción, puedes renovar tu EAD presentando evidencia de:

  • Solicitud de Asilo actualizada (Formulario I-589) presentada ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) después de la desestimación o terminación de la EOIR.
  • Prueba de un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR antes de la desestimación o terminación.
  • Copia de la Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR.

Renovación del EAD para Solicitantes de Asilo con una Solicitud (c)(8) Pendiente

Si eres solicitante de asilo con una Solicitud de Presentación (c)(8) pendiente (Formulario I-765) basada en un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR, puedes renovar tu EAD presentando evidencia de:

  • Solicitud de Asilo actualizada (Formulario I-589) presentada ante el USCIS después de la desestimación o terminación de la EOIR.
  • Prueba de un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR antes de la desestimación o terminación.
  • Copia de la Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR.
  • Pago de la tarifa de renovación correspondiente.

Solicitud Inicial de EAD para Solicitantes de Asilo Elegibles

Si eres solicitante de asilo que no ha presentado previamente un Formulario I-765 y eres elegible para un EAD inicial basado en una solicitud de asilo pendiente, puedes presentar un Formulario I-765 con evidencia de:

  • Solicitud de Asilo actualizada (Formulario I-589) presentada ante el USCIS después de la desestimación o terminación de la EOIR.
  • Prueba de un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR antes de la desestimación o terminación.
  • Copia de la Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR.

Consideraciones Adicionales

  • Si aún no eres elegible para un EAD inicial basado en un Formulario I-589 pendiente, puedes seguir acumulando tiempo para cumplir con el "Conteo de 180 días para solicitantes de asilo".
  • Se recomienda adjuntar evidencia adicional que respalde la presentación del Formulario I-589 ante la EOIR y el USCIS.
  • Las direcciones de presentación del Formulario I-589 se encuentran en la página del formulario.

Direcciones de Presentación del Formulario I-765

No Inmigrantes

  • N-8 o N-9: Tabla de lugares de presentación seguros de USCIS
  • T-1: Centro de Servicio de USCIS en Vermont
  • U-1: Centro de Servicio de USCIS en Nebraska o Centro de Servicio de USCIS en Vermont
  • U-2, U-3, U-4, U-5: Centro de Servicio de USCIS en Nebraska o Centro de Servicio de USCIS en Vermont
  • T-2, T-3, T-4: Centro de Servicio de USCIS en Vermont
  • S: Agencia patrocinadora presenta el formulario
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Otras Categorías

  • Residente Temporal Localidad Segura: USCIS Chicago Lockbox
  • Exención de Expulsión / Remoción: Tabla de lugares de presentación seguros de USCIS
  • Auto Peticionario VAWA y Derivados: Centro de Servicio de USCIS en Vermont
  • Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA): Dirección indicada en el Formulario I-821D
  • Cónyuge de Persona con Permiso de Permanencia Temporal Empresarial: Página de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario

Restricciones

  • No presentes el Formulario I-765 directamente si estás bajo orden de deportación, en trámite de un Formulario I-700 o tienes una visa S.
  • No uses el Formulario I-765 para solicitantes de No Inmigrantes Q; usa el Formulario I-94.

Renovación del Documento de Autorización de Empleo (EAD)

Para evitar interrupciones en tu autorización de empleo, solicita la renovación del EAD 180 días antes de su fecha de vencimiento. Presenta un nuevo Formulario I-765 con la tarifa requerida.

EAD de Reemplazo

Si pierdes, dañas o te roban tu EAD, solicita un reemplazo presentando un nuevo Formulario I-765. Si no has recibido un EAD enviado por USCIS, presenta una consulta sobre una tarjeta no entregada.

Información Incorrecta en el EAD

Si tu EAD contiene información incorrecta, presenta un nuevo Formulario I-765 y la tarjeta con el error. Si el error fue causado por USCIS, puedes presentar una consulta de servicio en línea o enviar una carta con la tarjeta incorrecta y evidencia de la corrección necesaria.

Elegibilidad para EAD

Para ser elegible para un EAD, debes cumplir con requisitos específicos de estatus o circunstancias de inmigración. Si ya no eres elegible, tu solicitud o pedido de reemplazo será denegado.

Personas exentas de pagar la tarifa por un EAD de reemplazo:

  • Dependientes de ciertos empleados de gobiernos extranjeros
  • Organizaciones internacionales
  • OTAN
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Contacto con USCIS

Para preguntas sobre solicitudes de EAD en trámite, consulta la página web de USCIS para obtener información sobre cómo y cuándo comunicarte con ellos.

Índice
  1. Renovación del EAD con una Solicitud de Asilo Pendiente
  2. Renovación del EAD para Solicitantes de Asilo con una Solicitud (c)(8) Pendiente
  3. Solicitud Inicial de EAD para Solicitantes de Asilo Elegibles
  4. Consideraciones Adicionales
  5. Direcciones de Presentación del Formulario I-765
  6. Restricciones
  7. Renovación del Documento de Autorización de Empleo (EAD)
  8. EAD de Reemplazo
  9. Información Incorrecta en el EAD
  10. Elegibilidad para EAD
  11. Contacto con USCIS
  • Preguntas frecuentes y respuestas sobre la solicitud de autorización de empleo I-765
    1. ¿Quién puede renovar su EAD con una solicitud de asilo pendiente?
    2. ¿Qué evidencia se necesita para renovar un EAD con una solicitud de presentación (c)(8) pendiente?
    3. ¿Cómo pueden los solicitantes de asilo elegibles solicitar un EAD inicial?
    4. ¿Cuándo se recomienda solicitar la renovación del EAD?
    5. ¿Qué hacer si el EAD se pierde, se daña o es robado?
    6. ¿Qué sucede si hay información incorrecta en el EAD?
  • Preguntas frecuentes y respuestas sobre la solicitud de autorización de empleo I-765

    ¿Quién puede renovar su EAD con una solicitud de asilo pendiente?

    • Solicitantes de asilo con un EAD aprobado basado en un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR antes de la desestimación o terminación de sus procedimientos de remoción.

    ¿Qué evidencia se necesita para renovar un EAD con una solicitud de presentación (c)(8) pendiente?

    • Solicitud de asilo actualizada (Formulario I-589) presentada ante el USCIS después de la desestimación o terminación de la EOIR.
    • Prueba de un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR antes de la desestimación o terminación.
    • Copia de la Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR.
    • Pago de la tarifa de renovación correspondiente.

    ¿Cómo pueden los solicitantes de asilo elegibles solicitar un EAD inicial?

    • Presentando un Formulario I-765 con evidencia de:
      • Solicitud de asilo actualizada (Formulario I-589) presentada ante el USCIS después de la desestimación o terminación de la EOIR.
      • Prueba de un Formulario I-589 pendiente ante la EOIR antes de la desestimación o terminación.
      • Copia de la Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR.

    ¿Cuándo se recomienda solicitar la renovación del EAD?

    • 180 días antes de su fecha de vencimiento.
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    ¿Qué hacer si el EAD se pierde, se daña o es robado?

    • Solicitar un reemplazo presentando un nuevo Formulario I-765.

    ¿Qué sucede si hay información incorrecta en el EAD?

    • Presentar un nuevo Formulario I-765 y la tarjeta con el error.
    • Si el error fue causado por USCIS, presentar una consulta de servicio en línea o enviar una carta con la tarjeta incorrecta y evidencia de la corrección necesaria a la dirección proporcionada.
    Tipo de Solicitud Requisitos Direcciones de Presentación
    Renovación de EAD con Solicitud de Asilo Pendiente - Formulario I-589 actualizado - Prueba de Formulario I-589 pendiente ante la EOIR - Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR No se menciona en el texto proporcionado
    Renovación de EAD para Solicitantes de Asilo con Solicitud de Presentación (c)(8) Pendiente - Formulario I-589 actualizado - Prueba de Formulario I-589 pendiente ante la EOIR - Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR - Tarifa de renovación N-8 o N-9 (según el lugar de residencia), T-1, U-1, U-2, U-3, U-4, U-5, T-2, T-3, T-4
    Solicitud Inicial de EAD para Solicitantes de Asilo Elegibles - Formulario I-589 actualizado - Prueba de Formulario I-589 pendiente ante la EOIR - Orden de Desestimación o Cancelación de la EOIR No se menciona en el texto proporcionado

    Consideraciones Adicionales

    • Acumular tiempo para el "Conteo de 180 días para solicitantes de asilo" si aún no son elegibles para un EAD.
    • Adjuntar evidencia adicional para respaldar la presentación del Formulario I-589.
    • Verificar las direcciones de presentación del Formulario I-589 en la página del formulario.

    Restricciones

    • No presentar el Formulario I-765 si está bajo orden de deportación, en trámite de un Formulario I-700 o tiene una visa S.
    • No utilizar el Formulario I-765 para solicitantes de No Inmigrantes Q (utilizar el Formulario I-94).

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